Si Usted compró o desea comprar algún vehículo con LIMITACIONES AL DOMINIO: Tales como: PRENDA, EMBARGO, PROHIBICIONES, AFECTO A SFR, ETC) En la actualidad se realizan Cartas de responsabilidad, recibos de valores, u otros tipos de contratos o declaraciones que no son contrato de transferencia de vehículos. Tenga presente que usted no será el propietario del vehículo, sólo el tenedor de éste, ya que mientras no se realice el alzamiento correspondiente ante el registro civil, no se podrá transferir (excepto casos excepcionales que casi nunca se dan). Debe tener presente que asume la posibilidad de perder el vehículo y su dinero, además de una gran cantidad de posibles problemas que en la actualidad están sucediendo.